Declaración informativa de Bienes y Derechos en el extranjero
El Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas acaba de publicar la Circular Fiscal 10/2012 relativa a la información de bienes y derechos situados en el extranjero y otros aspectos relativos al intercambio de información tributaria entre estados y entidades internacionales y supranacionales.
El Real Decreto 1558/2012 establece la forma de presentar la declaración informativa, respecto a bienes y derechos situados en el extranjero, declaración que deberá presentarse, por primera vez, durante el primer trimestre del 2013, diferenciando bien claramente tres bloques:
a) Cuentas bancarias.
b) Valores y otros activos financieros.
c) Bienes inmuebles y derechos sobre los mismos.
En este Real Decreto también se trata acerca de las actuaciones de asistencia mutua, con el objetivo de trasponer la Directiva 2011/16/UE, relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad.
En esta Circular se abordan los siguientes aspectos:
- Ampliación de las facultades de obtención de información respecto de terceros.
- Normas comunes en asistencia mutua.
- Obligación de informar acerca de cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero.
- Obligación de informar acerca de valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidas en el extranjero.
- Obligación de informar sobre bienes inmuebles y derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero.
- Modelo o modelos tributarios que se utilizarán para presentar, durante el primer trimestre de cada año, las citadas declaraciones informativas.
Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 10/2012.
Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.