201301.21
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Reformas Tributarias aplicables a 2013

Con la publicación de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, se han modificado diversos impuestos, que se analizan con detalle en la Circular Fiscal 02/2013 recientemente publicada por el Departamento Fiscal de BROSA Abogados y Economistas.

La mayor parte de las modificaciones incorporadas por esta Ley (Ley de medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica) entran en vigor a partir del 1º de enero de 2013.  Sin embargo, merece la pena destacar que las operaciones relativas a la Actualización de Balances, para las empresas que se acojan a la misma, deberán ser contabilizadas a 31 de diciembre de 2012, a no ser que la sociedad cierre el balance en otra fecha distinta posterior.

Novedades tributarias más importantes, tratadas en la Circular Fiscal 02/2013:

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
    • Supresión de la deducción por inversión en la vivienda habitual
    • Premios lo Loterías y otros juegos, que dejan de estar exentos
    • Ganancias patrimoniales especulativas
    • Retribuciones en especie: vivienda cedida a empleados
    • Reducción de rendimiento de las actividades económicas, por mantenimiento o creación de empleo
    • Nuevas tecnologías para empleados
    •  Indemnizaciones elevadas: eliminación de la reducción del 40%
    • Actualización de balances
    • Contribuyentes que pierden su residencia habitual en España
  • Impuesto sobre Sociedades
    • Limitaciones sobre los coeficientes de amortización fiscal
    • Prórroga de los tipos reducidos, por mantenimiento o creación de empleo, respecto al ejercicio 2008
    • Gastos o indemnizaciones superiores a 1.000.000 de Euros
    • Premios de loterías
    • Pagos fraccionados de las Grandes Empresas
    • Actualización de balances
  • Impuesto sobre la Renta de No Residentes
    • Gravamen especial sobre bienes inmuebles situados en España
    • Actualización de balances
  • Impuesto sobre Depósitos en las Entidades de Crédito

Pueden acceder al contenido completo de la Circular (en formato PDF) desde nuestra web o siguiendo este enlace directo: Circular Fiscal 02/2013.

Quedamos a su disposición para atender cualquier duda o consulta que desee plantearnos sobre este tema.