{"id":8225,"date":"2018-11-08T10:34:54","date_gmt":"2018-11-08T09:34:54","guid":{"rendered":"http:\/\/brosa.es\/recordatorio-de-obligaciones-tributarias-y-novedades-relacionadas-con-los-modelos-a-presentar\/"},"modified":"2018-11-08T10:34:54","modified_gmt":"2018-11-08T09:34:54","slug":"recordatorio-de-obligaciones-tributarias-y-novedades-relacionadas-con-los-modelos-a-presentar","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/brosa.es\/ca\/recordatorio-de-obligaciones-tributarias-y-novedades-relacionadas-con-los-modelos-a-presentar\/","title":{"rendered":"Recordatorio de obligaciones tributarias y novedades relacionadas con los modelos a presentar"},"content":{"rendered":"<p><strong>INTRODUCCI\u00d3N<\/strong><\/p>\n<p><strong>Aprovechamos la reciente aprobaci\u00f3n de la Orden Ministerial que modifica diversos modelos de declaraciones tributarias para comentar las novedades introducidas de m\u00e1s inter\u00e9s:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li><strong>Orden HAC\/1148\/2018, de 18 de octubre, por la que se modifican diversas \u00d3rdenes Ministeriales relativas a los modelos 347 de declaraci\u00f3n anual de operaciones con terceras personas, 303 del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido, autoliquidaci\u00f3n, y 390 de declaraci\u00f3n-resumen anual del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido, entre otros<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<ul>\n<li><strong>Orden HFP\/816\/2017, de 28 de agosto, por la que se aprueba el modelo 232 de declaraci\u00f3n informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con pa\u00edses o territorios calificados como para\u00edsos fiscales<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<br \/>\n<p><strong>1. Modelo 347 de declaraci\u00f3n anual de operaciones con terceras personas<\/strong><\/p>\n<p>Se modifica el plazo de presentaci\u00f3n del modelo 347 y se establece, con car\u00e1cter indefinido, que el mismo deber\u00e1 presentarse en el <u>mes de febrero<\/u> del a\u00f1o siguiente al que se refieran las operaciones.<\/p>\n<p>Asimismo, se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentaci\u00f3n de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devoluci\u00f3n, de naturaleza tributaria y entre las que se encuentran las del modelo 347, para adaptarlas al nuevo sistema de gesti\u00f3n de declaraciones informativas previsto para 2018, denominado Transmisi\u00f3n Grandes Vol\u00famenes Informaci\u00f3n con validaci\u00f3n <em>on line<\/em>, que exigir\u00e1 la subsanaci\u00f3n de los errores detectados por la aplicaci\u00f3n en l\u00ednea pero que permitir\u00e1 la presentaci\u00f3n de aquellos registros correctos.<\/p>\n<p><strong>2. Modelo 303 Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido, autoliquidaci\u00f3n y modelo 390 de declaraci\u00f3n-resumen anual del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido<\/strong><\/p>\n<p>Se modifica el modelo 303 a fin de clarificar los sujetos pasivos que deben informar de su volumen de operaciones en la declaraci\u00f3n-liquidaci\u00f3n correspondiente al \u00faltimo per\u00edodo de liquidaci\u00f3n, con la inclusi\u00f3n de dos casillas, la primera a cumplimentar por los exonerados de la obligaci\u00f3n de presentar la declaraci\u00f3n-resumen anual y la segunda por los que, estando exonerados, deban consignar su volumen de operaciones.<\/p>\n<p>Se introduce una nueva casilla, n\u00famero 662 del modelo (p\u00e1gina 6), en la que deber\u00e1n consignarse las cuotas pendientes de compensaci\u00f3n al t\u00e9rmino del ejercicio.<\/p>\n<p><strong>3. Modelo 232 de declaraci\u00f3n informativa de operaciones vinculadas y de operaciones y situaciones relacionadas con pa\u00edses o territorios calificados como para\u00edsos fiscales<\/strong><\/p>\n<p>Se recuerda que para los per\u00edodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2016, se opt\u00f3 por trasladar los cuadros de informaci\u00f3n con personas o entidades vinculadas que se conten\u00eda hasta entonces en el modelo 200 de declaraci\u00f3n del Impuesto sobre Sociedades a una nueva declaraci\u00f3n informativa, modelo 232, en la que se debe informar expresamente de las operaciones con personas o entidades vinculadas.<\/p>\n<p>Subsiste la obligaci\u00f3n de informar acerca de las operaciones realizadas con la misma persona o entidad vinculada, siempre que el importe de la contraprestaci\u00f3n del conjunto de operaciones en el per\u00edodo impositivo supere los 250.000 euros, de acuerdo con el valor de mercado.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n deber\u00e1 informarse sobre determinas operaciones espec\u00edficas siempre que el importe conjunto de cada tipo de operaci\u00f3n en el per\u00edodo impositivo supere los\u00a0100.000 euros, independientemente del m\u00e9todo de valoraci\u00f3n utilizado.<\/p>\n<p>Existir\u00e1 igualmente la obligaci\u00f3n de informar respecto a aquellas operaciones del mismo tipo y m\u00e9todo utilizado, cuando el importe del conjunto de las mismas en el per\u00edodo impositivo sea superior al 50% del importe de la cifra de negocios de la entidad.<\/p>\n<p>No ser\u00e1 obligatorio, sin embargo, cumplimentar la informaci\u00f3n de operaciones con personas o entidades vinculadas cuando se refieran a operaciones entre entidades que se integren en un mismo grupo de consolidaci\u00f3n fiscal y se establecen apartados espec\u00edficos para aquellas operaciones en las que sea de aplicaci\u00f3n la reducci\u00f3n de las rentas procedentes de determinados activos intangibles o aquellas que relacionadas con pa\u00edses o territorios calificados como para\u00edsos fiscales.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, no debe olvidarse que la presentaci\u00f3n del modelo 232 se deber\u00e1 realizar en el mes siguiente a los diez meses posteriores a la conclusi\u00f3n del per\u00edodo impositivo al que se refiera la informaci\u00f3n a suministrar, por lo que si \u00e9ste finaliza el 31 de diciembre, deber\u00e1 presentarse el modelo durante el mes de <u>noviembre<\/u> del a\u00f1o siguiente.<\/p>\n<p>La\u00a0<strong>Circular Fiscal 4\/2018<\/strong>\u00a0est\u00e1 disponible para su descarga\u00a0siguiendo este enlace directo:\u00a0<a href=\"https:\/\/brosa.es\/wp-content\/uploads\/2018\/11\/BROSA-Circular-Fiscal-4-2018.pdf\">BROSA Circular Fiscal 4-2018.pdf<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>INTRODUCCI\u00d3N Aprovechamos la reciente aprobaci\u00f3n de la Orden Ministerial que modifica diversos modelos de declaraciones tributarias para comentar las novedades introducidas de m\u00e1s inter\u00e9s: Orden HAC\/1148\/2018, de 18 de octubre, por la que se modifican diversas \u00d3rdenes Ministeriales relativas a los modelos 347 de declaraci\u00f3n anual de operaciones con terceras personas, 303 del Impuesto sobre&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[219],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/brosa.es\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8225"}],"collection":[{"href":"https:\/\/brosa.es\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/brosa.es\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/brosa.es\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/brosa.es\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=8225"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/brosa.es\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/8225\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/brosa.es\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=8225"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/brosa.es\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=8225"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/brosa.es\/ca\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=8225"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}