{"id":9626,"date":"2022-10-10T16:22:19","date_gmt":"2022-10-10T15:22:19","guid":{"rendered":"http:\/\/brosa.es\/la-factura-electronica\/"},"modified":"2022-10-10T16:22:19","modified_gmt":"2022-10-10T15:22:19","slug":"la-factura-electronica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/brosa.es\/en\/la-factura-electronica\/","title":{"rendered":"La factura electr\u00f3nica"},"content":{"rendered":"<p>Se ha aprobado la Ley Creaci\u00f3n y Crecimiento de Empresas (Ley 18\/2022 de 28 de septiembre) con la finalidad de facilitar la creaci\u00f3n de nuevas empresas y reducir las trabas para su crecimiento, as\u00ed como perseguir la reducci\u00f3n de la morosidad comercial con la finalidad de incrementar la competencia en beneficio de consumidores y de la productividad de tejido empresarial.<\/p>\n<p>Entre las modificaciones introducidas por la misma, esta circular se centra en la obligaci\u00f3n de la emisi\u00f3n de factura electr\u00f3nica.<\/p>\n<p>Se ampl\u00eda la aplicaci\u00f3n de la <strong>Factura Electr\u00f3nica a todos los empresarios y profesionales<\/strong>. En las relaciones comerciales entre empresarios y profesionales deber\u00e1n expedirse, remitirse y recibirse facturas electr\u00f3nicas. Los destinatarios de la factura electr\u00f3nica pueden solicitar copia de la misma sin coste adicional durante 4 a\u00f1os desde su emisi\u00f3n.<\/p>\n<p>Las facturas electr\u00f3nicas deber\u00e1n cumplir, en todo caso, lo dispuesto en la normativa espec\u00edfica sobre facturaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El <strong>periodo transitorio para la adaptaci\u00f3n<\/strong> a la facturaci\u00f3n electr\u00f3nica depende del volumen de facturaci\u00f3n:<\/p>\n<ul>\n<li>Con una <strong>facturaci\u00f3n anual superior a 8 millones:<\/strong> entra en vigor la obligaci\u00f3n de facturas electr\u00f3nicas <strong>al a\u00f1o<\/strong> de aprobarse el <strong>desarrollo reglamentario<\/strong>.<\/li>\n<li>Para <strong>el resto<\/strong>: a los <strong>dos a\u00f1os<\/strong> de aprobarse el <strong>desarrollo reglamentario<\/strong>.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La obligaci\u00f3n de la factura electr\u00f3nica se extiende para las relaciones con particulares que acepten recibirlas o las exijan, en caso de empresas que prestan al p\u00fablico en general servicios de especial trascendencia econ\u00f3mica, sin perjuicio del tama\u00f1o de su plantilla o el volumen de operaciones. Son servicios de especial trascendencia los prestados en los siguientes sectores econ\u00f3micos (seg\u00fan art. 2 Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Informaci\u00f3n):<\/p>\n<ul>\n<li>Servicios de comunicaciones electr\u00f3nicas a consumidores.<\/li>\n<li>Servicios financieros destinados a consumidores (incluir\u00e1n los servicios bancarios, de cr\u00e9dito o de pago, los servicios de inversi\u00f3n, las operaciones de seguros privados, los planes de pensiones y la actividad de mediaci\u00f3n de seguros).<\/li>\n<li>Servicios de suministro de agua a consumidores, definidos de acuerdo con la normativa espec\u00edfica.<\/li>\n<li>Servicios de suministro de gas al por menor.<\/li>\n<li>Servicios de suministro el\u00e9ctrico a consumidores finales.<\/li>\n<li>Siempre que la contrataci\u00f3n se haya llevado a cabo por medios electr\u00f3nicos:\n<ul>\n<li>Servicios de agencia de viajes.<\/li>\n<li>Servicios de transporte de viajeros por carretera, ferrocarril, por v\u00eda mar\u00edtima, o por v\u00eda a\u00e9rea, de acuerdo con lo dispuesto en la normativa espec\u00edfica aplicable.<\/li>\n<li>Actividades de comercio al por menor de ordenaci\u00f3n del comercio minorista (actividad desarrollada profesionalmente con \u00e1nimo de lucro consistente en ofertar la venta de cualquier clase de art\u00edculos a los destinatarios finales de los mismos, utilizando o no un establecimiento).<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ul>\n<p>Estas empresas deber\u00e1n facilitar:<\/p>\n<ul>\n<li>Acceso a los programas necesarios para que los usuarios puedan leer, copiar, descargar e imprimir la factura electr\u00f3nica de forma gratuita sin tener que acudir a otras fuentes para proveerse de las aplicaciones necesarias para ello. Deber\u00e1n habilitar procedimientos sencillos y gratuitos para que los usuarios puedan revocar el consentimiento dado a la recepci\u00f3n de facturas electr\u00f3nicas en cualquier momento.<\/li>\n<li>Un medio seguro de interlocuci\u00f3n telem\u00e1tica que le permita al usuario la consulta de sus datos de cliente, que incluir\u00e1n informaci\u00f3n sobre su historial de facturaci\u00f3n de, al menos, los \u00faltimos tres a\u00f1os y el contrato suscrito, incluidas las condiciones generales si las hubiere. Este periodo no se altera por la resoluci\u00f3n del contrato o la revocaci\u00f3n del consentimiento a recibir facturas electr\u00f3nicas, ni caduca su derecho a acceder a las facturas.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La Circular Fiscal 2\/2022 est\u00e1 disponible para su descarga siguiendo este enlace: <a href=\"https:\/\/brosa.es\/wp-content\/uploads\/2022\/10\/CF1022_Factura_electronica.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Circular Fiscal 2\/2022 Octubre<\/a>.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se ha aprobado la Ley Creaci\u00f3n y Crecimiento de Empresas (Ley 18\/2022 de 28 de septiembre) con la finalidad de facilitar la creaci\u00f3n de nuevas empresas y reducir las trabas para su crecimiento, as\u00ed como perseguir la reducci\u00f3n de la morosidad comercial con la finalidad de incrementar la competencia en beneficio de consumidores y de&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[221],"tags":[581],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/brosa.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9626"}],"collection":[{"href":"https:\/\/brosa.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/brosa.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/brosa.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/brosa.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=9626"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/brosa.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9626\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/brosa.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=9626"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/brosa.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=9626"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/brosa.es\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=9626"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}