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Comentarios novedades tributarias aplicables a partir del 1 de enero del 2020

Introducción

En el Boletín Oficial del Estado de 28 de diciembre de 2019, como ya es habitual en estas fechas al no haberse aprobado la Ley de Presupuestos, se ha procedido a la publicación de un Real Decreto Ley de mínimos, el 18/2019, del 27 de diciembre, por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria, catastral y de seguridad social.

Después de un año de inactividad legislativa en materias tributarias, ha sido ineludible proceder a la prórroga de varias medidas, para que pudieran entrar en vigor a 1 de enero del 2020, mediante un Real Decreto Ley.

Con la formación de un nuevo gobierno, cabe esperar que se aprueben nuevas reformas económicas y la ley de Presupuestos para el ejercicio 2020.

MODIFICACIONES RDL. 18/2019

1. Impuesto sobre la Renta

Límites de exclusión de la estimación objetiva. Se prorrogan un año más, para el periodo impositivo 2020 los límites cuantitativos que delimitan en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva para las actividades económicas incluidas en el ámbito de aplicación del método, con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales.

Límites para la aplicación del método de estimación objetiva de IRPF:

  • 250.000 euros de volumen de ingresos
  • 125.000 euros de facturación a empresas y profesionales
  • 250.000 euros de volumen de compras

Como consecuencia de la prórroga anterior de los límites vigentes en 2019, se da un nuevo plazo para renunciar a esta forma de determinar el rendimiento hasta el 29 de enero del 2020.

2. Impuesto sobre el Patrimonio

Mantenimiento del gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio en el ejercicio 2020. Como ya venía siendo habitual en ejercicios anteriores, se prorroga la vigencia del Impuesto sobre el Patrimonio para el ejercicio que comienza el 1 de enero de 2020, trasladando otra vez la bonificación total en la cuota a 2021.

3. Valores catastrales

Aprobación de los coeficientes de actualización de los valores catastrales de inmuebles urbanos para 2020.

Se actualizan mediante coeficientes los valores catastrales de los bienes inmuebles por parte del Catastro Inmobiliario. Los coeficientes que a continuación se reproducen serán aplicables sobre el valor asignado en 2020:

  • Bienes revisados entre 1984 y 1988, aplicación coeficiente del 1,05
  • Bienes revisados entre 1989 y 2003, aplicación coeficiente del 1,03
  • Bienes revisados entre 2011 y 2013, aplicación coeficiente del 0,97

4. Impuesto sobre el Valor Añadido

Se prorrogan para el ejercicio 2020 los límites cuantitativos que delimitan la aplicación del régimen simplificado y del régimen especial de agricultura, ganadería y pesca.

Límites para la aplicación del método de estimación objetiva de IVA:

  • 250.000 euros de volumen de ingresos, en el año inmediato anterior
  • 250.000 euros de volumen de compras, en el año inmediato anterior

Como consecuencia de la prórroga anterior de los límites vigentes en 2019, se da un nuevo plazo para renunciar a esta forma de determinar el rendimiento hasta el 29 de enero del 2020.

La Circular Fiscal 1/2020 está disponible para su descarga siguiendo este enlace directo: BROSA Circular Fiscal 1-2020.pdf