201706.20
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Empresas obligadas a cumplimentar los nuevos libros de registro de IVA mediante SII

Como informamos en nuestra última Circular Fiscal, a partir del 1 de julio de 2017, se introducen la obligación -para determinadas empresas- de cumplimentar los nuevos libros de registro de IVA mediante el sistema SII (Suministro Inmediato de Información).

¿Qué empresas estarán obligadas a cumplimentar los nuevos libros registro, a través de la Sede electrónica de la AEAT?

Tal como se informó en el apartado 1.4 de nuestra Circular 1/2017, los empresarios o profesionales que vengan presentando sus declaraciones de IVA mensualmente estarán obligadas a llevar dichos libros registro, a través de la Sede electrónica de la AEAT.  este es el caso de las sociedades o empresarios que facturen más de 6.010.121,04 euros anuales, o las que hayan optado por presentar las declaraciones de devolución mensual, así como las acogidas al régimen especial del grupo de entidades.

Aparte de tales empresas obligadas, las demás tendrán la opción de acogerse a este nuevo sistema, si así lo solicitan, mediante la correspondiente declaración Censal.
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