La indefensión del Consegnee
Nuevo artículo de Josep Bertrán Fornós (Departamento de Derecho Marítimo y del Transporte) en el diario «Marítimas».
El abogado denuncia la indefensión del destinatario -consegnee de las mercancías- frente a las navieras/consignatarios cuando, siendo el perjudicado en un siniestro, debe afrontar el coste de las dificultades en las reclamaciones.
Ante las reclamaciones por daños a las mercancías, derivados de un transporte marítimo instrumentado en un B/L, algunas navieras y consignatarios se defienden alegando que el Tribunal competente para dirimir la reclamación es un tribunal extranjero, por aplicación de una cláusula inserta en el B/L. Esa invocación a los juzgados extranjeros es válida, incluso en los casos en que la Naviera tenga establecimiento propio o representación en España, porque se basa en el condicionado del B/L.
La remisión a los tribunales extranjeros desmotiva a los perjudicados y legítimos reclamantes, porque no es lo mismo ni tiene el mismo coste interponer y seguir un pleito en Barcelona o Valencia o Madrid, que en Singapur, Marsella, Hamburgo o New York.